MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.856 EXENTA, DE 2010, EN EL SENTIDO DE INCORPORAR A LA EXPRESIÓN "ANÓTESE Y COMUNÍQUESE" LA PALABRA "PUBLÍQUESE", Y ORDENA PUBLICAR
Núm. 7.825 exenta.- Santiago, 15 de diciembre de 2010.- Vistos: La Hoja de Envío Nº 1.078, de 13 de octubre de 2010; lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 6 y 7 letras d), h), m), n), r); la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el D.S. Nº 004, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas; lo dispuesto en el decreto Nº 668, de 9 de diciembre de 2010; la resolución Nº 3.792, de 2010, del Servicio Agrícola y Ganadero; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; las facultades que invisto como Director Nacional (S) de la institución.
Considerando:
1.- Que dadas las características de la resolución que se modifica, ésta debió ser publicada en el Diario Oficial.
2.- Que la resolución exenta Nº 5.856, de 30 de septiembre de 2010, cometió un error al señalar en la parte final del texto "Anótese y comuníquese", debiendo decir "Anótese, comuníquese y publíquese".
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 5.856, de 30 de septiembre de 2010, incorporando en la parte final del texto la expresión "Publíquese", quedando entonces como: "Anótese, comuníquese y publíquese".
2. Publíquense tanto la resolución exenta Nº 5.856, de 30 de septiembre de 2010, como la presente resolución, toda vez que esta última pasa a formar parte íntegra de la primera.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional (S) Servicio Agrícola y Ganadero.