Artículo 1º Los contribuyentes que no paguen las contribuciones de patentes, permisos o derechos municipales a que se encuentren afectos, se entenderán constituidos en mora respecto de aquellas obligaciones y su requerimiento de pago se regirá por las normas de esta Ordenanza. Ordenanza 28
M. DE PEÑALOLEN
A N° 1
D.O. 02.02.2021
La municipalidad, en estas situaciones, ejercerá su potestad legal para requerir el pago en forma extrajudicial o judicial.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, la presente Ordenanza no será aplicable respecto de aquellos tributos que se rijan por normas especiales.