Artículo 4º Los Ordenanza 28
M. DE PEÑALOLEN
A N° 4
D.O. 02.02.2021
morosos incluidos en la nómina señalada en el artículo 2° serán notificados en dos oportunidades en cada semestre, por el Departamento de Rentas y Recaudación, de conformidad a la normativa vigente sobre notificaciones. Entre cada notificación no podrá mediar un lapso superior a un mes.
    No obstante, el aviso de cobro en el caso de los derechos de aseo domiciliario, se incorpora en cada una de las cuatro notificaciones que el Departamento de Rentas y Recaudación le efectúa a los contribuyentes en el aviso de cobro de cuotas de aseo domiciliario durante el año, informándole allí, además, sobre el número de cuotas adeudadas y el valor de la deuda total que por concepto de este servicio mantiene con la municipalidad.
    Además y en cualquier caso, el aviso deberá señalar expresamente que se trata de un requerimiento de pago y que el moroso tiene el plazo de diez días corridos contados desde la última notificación para pagar la totalidad de la deuda o suscribir un convenio de pago ante el Departamento de Rentas y Recaudación.