Decreto 192, HACIENDA
Nº 3
D.O. 16.03.1972 Artículo 16°.- El Fondo Especial estará integrado por un representante de la Asociación Chilena de Lisiados y dos funcionarios de planta del Servicio Nacional de Salud. Entre estos últimos el Director General del Servicio Nacional de Salud designará al Jefe Superior del Fondo.
Nº 3
D.O. 16.03.1972 Artículo 16°.- El Fondo Especial estará integrado por un representante de la Asociación Chilena de Lisiados y dos funcionarios de planta del Servicio Nacional de Salud. Entre estos últimos el Director General del Servicio Nacional de Salud designará al Jefe Superior del Fondo.