Artículo 3º.- Créase un fondo para el financiamiento de las asesorías externas para efectos de implementar el mecanismo de selección directiva establecidas en el artículo 31 bis del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Educación.
Un reglamento determinará los requisitos para acceder a estos recursos y su forma de distribución.
El Fondo a que se refiere este artículo tendrá una duración de 5 años contados desde la entrada en vigencia de esta ley.