Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de introducir nuevos mecanismos de gestión de personal en los establecimientos educacionales estatales y particulares subvencionados, apuntados a mejorar la calidad de los educadores.

Entre las medidas que contempla, podemos destacar las siguientes:

El texto también modifica la Ley Nº 19.715 para fijar que la Asignación de Excelencia Pedagógica se pague a los docentes de aula, conforme a tramos según su evaluación y la concentración de alumnos prioritarios de su establecimiento. Asimismo, modifica el DFL 2 de 1996 sobre subvención del estado a establecimientos educacionales y la Ley Nº 20.248 sobre subvención escolar preferencial para establecer nuevos valores de unidad de subvención estatal (U.S.E.) y así otorgar mayor equidad en la asignación de recursos para los establecimientos educacionales.

La ley cuenta con 15 artículos permanentes y 20 disposiciones transitorias.

    Artículo Cuarto.- Las modificaciones establecidas en el artículo 1º de esta ley regirán a contar del día 1 del tercer mes desde su publicación.

    Con todo, lo dispuesto en los artículos 7° bis a), 34 C, 34 G y 51 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Educación, sólo será aplicable a quienes ingresen a la dotación docente a través de los nuevos mecanismos de selección que contempla esta ley o en virtud de su nombramiento como personal de exclusiva confianza de los directores de establecimientos educacionales.

    Mientras no entre a regir el reglamento a que se refiere el artículo 31 bis del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Educación, que establece las normas de constitución y funcionamiento de las comisiones calificadoras para la selección de directores, se mantendrán los mecanismos de selección vigentes a la fecha de publicación de esta ley. Lo establecido en el mencionado cuerpo legal no será aplicable a los concursos de selección de directores que se hayan iniciado y que se encuentren en trámite con anterioridad a la vigencia del mencionado reglamento.

    Quienes a la fecha de publicación de esta ley perciban asignaciones de responsabilidad directiva y técnico-pedagógica las mantendrán de acuerdo a la legislación vigente a dicha fecha y por el plazo que les faltare para completar su período de nombramiento.