COMPLEMENTA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 12, DE 22 DE DICIEMBRE DE 2009
D.F.L. Nº 1.- Santiago, 24 de noviembre de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República; en el DFL Nº 12, de 2009, del Ministerio de Hacienda, y la facultad que me ha conferido el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.402, dicto el siguiente
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Establécese una asignación mensual transitoria, tributable e imponible para efectos de salud y pensiones, que beneficiará a los Jefes de División grado 2º de la Escala Única de Sueldos, de la Planta de Directivos de la Subsecretaría de Energía.
La asignación establecida en el inciso precedente sólo procederá respecto de los referidos jefes de división, que no perciban la planilla suplementaria establecida en el artículo primero transitorio, literal f), numeral ii), de la ley Nº 20.402. Además, será incompatible con la asignación por desempeño de funciones críticas, del artículo septuagésimo tercero de la ley Nº 19.822.
Artículo 2º.- El monto de la asignación será de un 150% aplicado sobre la misma base de cálculo de la asignación de modernización. La asignación mensual no servirá de base de cálculo para ninguna otra remuneración o beneficio legal.
Artículo 3º.- La asignación establecida en el artículo 1º regirá entre el día primero del mes siguiente al de la publicación de este decreto con fuerza de ley y el 31 de diciembre de 2012, ambas fechas inclusive.
Anótese, tómese razón y publíquese.- RODRIGO HINZPETER KIRBERG, Vicepresidente de la República.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, Rodrigo Álvarez Zenteno, Subsecretario de Hacienda.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2010, del Ministerio de Hacienda
Nº 2.852.- Santiago, 17 de enero de 2011.-
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se establece una asignación mensual transitoria para los Jefes de División, grado 2°, de la Escala Única de Sueldos, de la Planta de Directivos de la Subsecretaría de Energía, por cuanto se ajusta a derecho, pero cumple con precisar que la asignación de modernización a que se refiere su artículo 2º, es aquella contemplada en la ley Nº 19.553.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Hacienda
Presente