COMPLEMENTA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 55, DE 2007
Núm. 1.275.- Santiago, 10 de noviembre de 2010.- Vistos: El informe Nº 18, de 9 de noviembre de 2010, del Presidente de la Comisión Técnica a que se refiere el inciso 3º del artículo 4º de la ley Nº 18.634; y el oficio ord. Nº 14.053, de 30 de agosto de 2010, de Director Nacional de Aduanas.
Teniendo presente: Lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 4º de la ley Nº 18.634,
Decreto:
1. Agrégase a la Lista de mercancías contenida en la letra A) del artículo único del decreto de Hacienda Nº 55, de 2007, los siguientes bienes de capital.
Subpartida Descripción de las Observaciones
Arancelaria Mercancías
7308.2000 Torres y Castilletes Solamente torres de acero completas
presentadas en módulos que sirven de
soporte para antenas de telefonía celular.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, Rodrigo Álvarez Zenteno, Subsecretario de Hacienda.