RECTIFICA ERROR MANIFIESTO EN EL TEXTO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 5, DE 2010, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE 10 DE AGOSTO DE 2010

    Núm. 2.- Santiago, 3 de enero de 2011.- Vistos: La ley Nº 18.993, Orgánica de este Ministerio; la ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; la ley Nº 20.381, que modifica la ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; las facultades que me confiere el artículo 2º letra i) del decreto ley Nº 1.028, de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1.- Que con fecha 3 de agosto de 2010 fue tomado razón por Contraloría General de la República el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2010, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.
    2.- Que con fecha 10 de agosto de 2010 el referido decreto con fuerza de ley se publicó en el Diario Oficial.
    3.- Que se ha incurrido en errores manifiestos de escritura en el texto del citado decreto con fuerza de ley.
    4.- Que artículo 2º letra i) del decreto ley Nº 1.028, de 1975, dispone que les corresponde a los Subsecretarios de Estado "Rectificar los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro respectivo o por éste, en su caso, sólo para corregir errores manifiestos de escritura o numéricos", cuyo es el caso.
    5.- Que, en consecuencia, la presente resolución viene en rectificar dichos errores.

    Resuelvo:
    Artículo único.- Rectifícase el texto del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial el 10 de agosto de 2010, en el siguiente sentido:
    1. Intercálase en el artículo 9º, entre los vocablos "artículo" y "de", el guarismo "30".
    2. Reemplázase en el artículo 31 Nº 10 el vocablo "estimado" por "estimarlo".
    3. Intercálase en la concordancia del artículo 45, entre el vocablo "Art." y el guarismo "34" la expresión "Único Nº".
    4. Reemplázase en el epígrafe del Párrafo 9 el vocablo "representador" por "representados".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Claudio Alvarado Andrade, Subsecretario Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Gonzalo Blumel Mac-Iver, Subsecretario General de la Presidencia (S).