Art. 25.- El acuerdo del jurado se inscribirá en el proceso, i si fuere condenatorio, deberá ser precisamente concebido en estos términos: "Es culpable en tal grado por infraccion del inciso tal del artículo 3° de la lei sobre abusos de la libertad de imprenta". Si el acuerdo fuere favorable al acusado, se espresará en estos términos: "No es culpable".
Si el acuerdo fuere en parte favorable i en parte adverso al acusado, se espresará en esta forma: "Es culpable en tal grado por infraccion del inciso tal del artículo 3°, e inculpable de infraccion del inciso tal del mismo artículo de la lei sobre abusos de la libertad de imprenta".