Art. 14.- Las juntas calificadoras permanecerán reunidas cuatro horas continuas cada dia, desde las diez de la mañana a las dos de la tarde, hasta el quince de noviembre inclusive.
Diariamente, al suspenderse los trabajos pondrá a continuacion de la última inscripción, una nota en que se esprese en letras el número de individuos inscritos, firmada por todos los miembros, i rubricarán las hojas del rejistro en que se hubiere hecho la inscripción. Durante la suspension, el depositario guardará, bajo su responsabilidad, el rejistro, el libro de actas i los índices.