DECLARA RESERVADAS A FAVOR DEL FISCO LAS AGUAS SOBRANTES DE LOS RIOS MALLECO Y CAUTIN Y SUS AFLUENTES

    Núm. 780.- Santiago, 27 de Abril de 1960.- Vistos el oficio de la Dirección de Riego N.o 196, de 21 de Abril del presente año,

    Decreto:

    1.o Resérvanse provisionalmente a favor del Fisco, sin perjuicio de derechos de terceros legalmente constituidos, la totalidad de las aguas sobrantes del río Malleco y sus afluentes, aguas arriba de la ciudad de Collipulli, y la totalidad de las aguas sobrantes del río Cautín y sus afluentes, aguas arriba de la ciudad de Temuco, con el fin de destinarlas al regadío del as provinciuas de Cautín y Malleco.

    2.o Publíquese el presente decreto por tres veces en un periódico de las ciudades de Angol y Temuco y por una vez en el "Diario Oficial".

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- J. ALESSANDRI R.- Pablo Pérez Zañartu