Artículo único.- Modifícase el decreto supremo Nº 1.316, de 1996, cuyo texto refundido fija el decreto supremo Nº 662, de 2008, modificado por el decreto supremo Nº 536, de 2009, todos del Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:

a)  En los Considerandos, sustitúyase el guarismo "20.407" por "20.481" y el número "2010" por "2011".

b)  En los Vistos, sustitúyase el guarismo "20.407" por "20.481" y el número "2010" por "2011".

c)  Reemplázase el inciso final del artículo 6º, por el siguiente: "Para el año 2011, los nuevos cupos de internado, a nivel nacional, no podrán exceder los 1.500".