INCORPORA ARTÍCULOS TRANSITORIOS EN LA ORDENANZA SOBRE COBRO DE DERECHOS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCIÓN DE BASURA

    Núm. 400 exento.- Pedro Aguirre Cerda, 14 de marzo de 2011.
    Vistos: Estos antecedentes; el D.F.L. Nº 34-18.992, publicado en el Diario Oficial del 2 de julio de 1991; decreto exento Nº 1.517, de 21 de diciembre de 2010; acuerdo Nº 68, adoptado por el H. Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre de 2010; y las atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.

    Decreto:
    1º.- Incorpórase en la Ordenanza sobre Cobro de Derechos del Servicio Domiciliario por Extracción de Basura, aprobada por decreto exento Nº 1.517, de 21 de diciembre de 2010, los siguientes artículos transitorios:

    1.  "Excepcionalmente, durante el año 2011, la tarifa anual por extracción de basura podrá pagarse en cuatro cuotas, con vencimiento los días 31 de julio, 31 de agosto, 31 de octubre y 30 de noviembre".
    2.  "Fíjase, como fecha límite para solicitar exenciones totales o parciales por todo el año 2011, el día 15 de mayo del mismo año".

    2º.- A contar del año 2012 regirán en plenitud las disposiciones permanentes contenidas en los artículos 4º, inciso final, y 23º de la presente Ordenanza.

    3º.- Publíquese lo dispuesto en el presente decreto en el Diario Oficial y en la página web del Municipio.

    Anótese, comuníquese, publíquese, cúmplase y hecho archívese.
Claudina Núñez Jiménez, Alcaldesa.- Mauricio Lineros Navarrete, Secretario Municipal.