ArtículoDecreto 44, DEPORTE
Art. único N° 2
D.O. 06.01.2021
cuarto transitorio: Estas normas transitorias se aplicarán por única vez para la postulación, evaluación y pago de logros deportivos obtenidos durante el periodo que se inicia el 1 de diciembre del año 2019 y hasta el 20 de diciembre del año 2020, y mientras se mantenga vigente la Alerta Sanitaria dispuesta por decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud.