Artículo 12° En aquellos casos en que el Suscriptor de una concesionaria de servicio público telefónico local, requiera cambiarse a otra ubicaciónDecreto 6,
TRANSPORTES
Art. único N° 7
D.O. 05.11.2024 dentro de la red de la misma concesionaria, manteniendo su(s) número(s) telefónico(s), esta última procederá a ejecutar el cambio solicitado, manteniendo el número, en un plazo que no deberá ser superior al ofrecido a los requirentes que provienen de otra concesionaria.
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D.O. 05.11.2024 dentro de la red de la misma concesionaria, manteniendo su(s) número(s) telefónico(s), esta última procederá a ejecutar el cambio solicitado, manteniendo el número, en un plazo que no deberá ser superior al ofrecido a los requirentes que provienen de otra concesionaria.