MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.214, DE 2006, QUE FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN DE EQUINOS EN FORMA DEFINITIVA Y DE DOBLE HEMISFERIO A CHILE

    Núm. 1.984 exenta.- Santiago, 18 de marzo de 2011.- Vistos: La ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley Nº 18.164, que Introduce Modificaciones a la Legislación Aduanera; DFL. RRA. Nº 16, de 1963, de Sanidad y Protección Animal; decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; resolución del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 6.214, de 2006, y las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

    Considerando:

    1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo público garante de la sanidad animal;

    2. Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la Salud Animal;

    3. Que es necesario adecuar las regulaciones nacionales a los estándares de los Organismos Internacionales de referencia.

    Resuelvo:
    Modifícase la resolución Nº 6.214, de 2006, que fija exigencias sanitarias para la internación de equinos en forma definitiva y de doble hemisferio a Chile, de la siguiente forma:

    1. Elimínase del Capítulo III De las condiciones de pre embarque el numeral 5 de la letra b).

    2. Elimínase en el modelo de Certificación Sanitaria, la expresión "Fiebre de West Nile" del numeral 4 de la sección IV.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Víctor Venegas Venegas, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero.