Artículo único.- Modifícase la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por DS Nº 47 (V. y U.), de 1992, en la siguiente forma:

1.  Modifícase en la letra f) del inciso tercero del artículo 2.1.7., la frase "densidades promedio y las densidades máximas" por la siguiente "densidades promedio y/o las densidades máximas".

2.  Modifícase en el inciso séptimo del artículo 2.1.17, la frase "Zonas inundables o potencialmente inundables, debido entre otras causas a la" por la siguiente "Zonas inundables o potencialmente inundables, debido entre otras causas a maremotos o tsunamis, a la".