Sustituyese el inciso 2º del artículo 6º del decreto supremo Nº 1.608, de Obras Públicas, de 1º de Agosto de 1959, publicado en el Diario Oficial de 5 de Septiembre, de 1959, la frase "que realice CORVI" por la frase "que realicen las Corporaciones de la Vivienda, de Mejoramiento Urbano y de Servicios Habitacionales y la Caja Central de Ahorros y Préstamos".