Artículo único.- Modifícase el decreto supremo N° 312, de 2002, del Ministerio de Educación, que reglamentó las actividades a ejecutar y financiar por el Programa de Educación Media, en los términos que a continuación se expresan:
1.- En el artículo 1°, reemplázase la letra b) por la siguiente:
"Línea de fortalecimiento de los espacios de participación y expresión juvenil en los establecimientos educacionales, dirigida a favorecer la directa participación de los estudiantes en la construcción de sus trayectorias educativas, con el fin de que los jóvenes permanezcan y completen su enseñanza media y que accedan, de manera creciente, a una oferta educativa de calidad.".
2.- En el artículo 2°, agrégase la siguiente letra l) nueva:
"Apoyo a los estudiantes de los establecimientos educacionales subvencionados de educación media que participen en eventos y/o actividades que favorezcan sus trayectorias educativas, tales como actividades científicas, literarias, históricas, culturales, ferias, congresos, concursos, muestras y/o exhibiciones".
3.- Sustitúyase el artículo 4º, por el siguiente:
"Artículo 4º.- Los gastos que irrogue la ejecución del Programa de Educación Media para el año 2011, se imputarán a la asignación 09-01-03-24-03-512, glosa 07, de la ley N° 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011.".