Artículo 5º. Solicitud de Inscripción. Las personas interesadas en inscribirse en el Registro deberán presentar una solicitud ante el Ministerio, debiendo completar el correspondiente formulario de "Solicitud de Inscripción", acompañando los antecedentes que allí se indiquen y que permitan la acreditación de los requisitos señalados en el artículo anterior. El formulario de "Solicitud de Inscripción" deberá diseñarse ajustándose a los requerimientos del presente Reglamento y se encontrará disponible en el sitio web del Decreto 8, CULTURAS
N° 4
D.O. 26.04.2022Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, pudiendo además ser retirado materialmente en las oficinas del nivel central y Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
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D.O. 26.04.2022Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, pudiendo además ser retirado materialmente en las oficinas del nivel central y Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.