Artículo Decreto 58, ECONOMÍA
Art. ÚNICO N° 3
D.O. 16.11.202013. Los certificadores de estructuras de cultivo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Art. ÚNICO N° 3
D.O. 16.11.202013. Los certificadores de estructuras de cultivo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Contar con título profesional de Ingeniero Naval, Ingeniero Civil Oceánico, Ingeniero en Pesca o Ingeniero en Acuicultura;
b) Contar con especialización o cursos sobre diseño de sistema de balsas jaula y sistemas de fondeo, y
c) Contar con experiencia de a lo menos 3 años en diseño de sistema de balsas jaula y sistemas de fondeo.