Artículo 153°.- Corresponderá al Jefe de Producción, en general, la organización y desarrollo de los componentes del proceso de producción en el orden técnico, siendo especialmente responsable de los siguientes aspectos:

a)  Garantizar la conformidad de la fórmula de los productos que se fabriquen, envasen o importen con lo declarado y aprobado en las especificaciones del registro.
b)  Observar y hacer cumplir las Buenas Prácticas de Manufactura.
c)  Asegurar el correcto cumplimiento de las instrucciones relacionadas con los procesos de fabricación, envasado y almacenamiento, incluyendo los controles de proceso.
d)  Vigilar el mantenimiento del departamento en general, instalaciones y equipos.
e)  Ejercer las demás funciones que le asignan las leyes y reglamentos.