Artículo 10º.- Ubicación de los asientos preferentes.- Para facilitar el uso de estos asientos, su ubicación deberá considerar su proximidad tanto a la puerta de acceso como a la de salida del vehículo.

    El piso de los asientos preferentes deberá estar al mismo nivel que el piso del pasillo de circulación, esto es, no deberán estar en las zonas de los cubreruedas o similares.