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Decreto 593 EXENTO

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Decreto 593 EXENTO

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Decreto 593 EXENTO AGREGA EN LETRA D, DEL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO Nº 1.230, DE 1989, NÚMERO 21 NUEVO

MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto 593 EXENTO

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Promulgación: 04-JUL-2011

Publicación: 22-JUL-2011

Versión: Única - 22-JUL-2011

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AGREGA EN LETRA D, DEL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO Nº 1.230, DE 1989, NÚMERO 21 NUEVO

    Núm. 593 exento.- Santiago, 4 de julio de 2011.- Vistos: El decreto supremo Nº1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, que establece las aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados, lo dispuesto en el artículo 2º Nº1 y artículos 9º, 10 y 11 de la Ordenanza de Aduanas, el oficio ord. Nº10.515, de 23 de junio de 2011, de la Dirección Nacional de Aduanas, y sus antecedentes, y lo señalado en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, y

    Considerando:

    La presentación de la empresa Terquim Sociedad Anónima, de 1 de marzo de 2011, efectuada ante la Dirección Regional de Aduana de Antofagasta, en que se solicita la habilitación permanente como zona primaria de Aduana, del muelle especializado en transferencia de graneles líquidos, ubicado en la bahía de Mejillones, Región de Antofagasta.

    Que, el muelle cuya habilitación se solicita, está destinado al atraque de naves procedentes del país y del extranjero, para la carga y descarga de graneles líquidos, los que se almacenarán en los estanques que posee Terquim S.A. frente a dicho muelle.

    Que, previo a la fijación como zona primaria del muelle señalado, la que se solicita en carácter de permanente para el paso de personas, exportación e importación de graneles líquidos, rancho de naves y todo tipo de operaciones aduaneras, es necesario designarlo como punto habilitado.

    Que, para el desarrollo del proyecto, la empresa solicitante es titular de una concesión marítima mayor, otorgada mediante decreto Nº482, de 19 febrero de 2007, del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina,

    Decreto:

    Agrégase en la letra D, del artículo 3º del decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, el siguiente número 21 nuevo:

21. Muelle Terquim  Permanente  Paso de personas,
  S.A., ubicado en              exportación e importación de
  la bahía de                  graneles líquidos, rancho de
  Mejillones.                  naves y todo tipo de
                                operaciones aduaneras.



    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, Rodrigo Álvarez Zenteno, Subsecretario de Hacienda.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 22-JUL-2011
22-JUL-2011

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