Artículo único.- Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Macul, aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 552 del 22.04.2004, publicado en el DO del 08.05.04, rectificado por decreto alcaldicio Nº 791 del 31.05.2004, publicado en el DO del 21.06.2004 y sus modificaciones, en el sentido de modificar la normativa específica y las Zonas ZR-6-Zona Residencial, Densidad Baja y AV-c, Área Verde Comunal, de la manzana comprendida entre las calles Los Espinos por el sur, Santa Julia por el oriente, Aucopujo por el norte y el pasaje Lago Parinacota por el poniente, definida en el polígono A-B-C-D-E-F-A y graficado en el Plano M-PRMAC-5, escala 1:500 que por este acto se aprueba.
Modifíquese la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Macul, en el siguiente sentido:
1.- Agréguese en el Capítulo V de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Macul relativo a "Zonificación, Usos del Suelo y Normas Específicas", en su artículo 25º que reglamenta la "Zona ZR-6 - Zona Residencial, Densidad Baja", bajo el título "Disposiciones complementarias" y como último de los puntos signados con un asterisco (*) al costado izquierdo, el siguiente texto:
"No obstante lo dispuesto en los incisos anteriores, los antejardines de la Manzana comprendida entre las calles Los Espinos, Santa Julia, Aucopujo y el pasaje Lago Parinacota, definidas como Polígono A-B-C-D-E-F-A, graficado en el Plano M-PRMAC-5, escala 1:500, denominado "Modificación Nº 5 al Plan Regulador Comunal de Macul, M-PRMAC-5", tendrán los anchos que se indican a continuación:
Antejardín frente a calle Santa Julia : 15 mts.
Antejardín frente a calle Los Espinos : 10 mts.
Antejardín frente a calle Aucopujo : 5 mts.
Antejardín frente a pasaje Lago Parinacota : 3 mts. ".