MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.214, DE 2006, QUE FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN DE EQUINOS EN FORMA DEFINITIVA Y DE DOBLE HEMISFERIO A CHILE

    Núm. 5.147 exenta.- Vistos: Las facultades conferidas por la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; DFL RRA Nº 16, de 1963, de Protección y Sanidad Animal; decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; la resolución del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 6.214, de 2006, y las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

    Considerando:

    1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo público garante de la sanidad animal.
    2. Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de agentes causantes de enfermedades infecto-contagiosas que puedan afectar la salud animal.
    3. Que es necesario adecuar las regulaciones nacionales, de acuerdo a la información técnica disponible y recomendaciones de los Organismos Internacionales de referencia.

    Resuelvo:

    Modifícase la resolución Nº 6.214, de 2006, que fija exigencias sanitarias para la internación de equinos en forma definitiva y de doble hemisferio a Chile, de la siguiente forma:

    1. Agrégase como nuevo número 5 de la letra b) de la sección III- De las condiciones de pre embarque, el siguiente texto:

    "5.- Fiebre del West Nile:

    Certificar si los animales han sido o no vacunados. Si los animales han sido vacunados, se deberá especificar la inmunización realizada, indicándose nombre de la vacuna aplicada, laboratorio productor, número de serie y fecha de vacunación."

    2. Agrégase en la columna Enfermedad, del número 4 de la sección IV: Certificación Sanitaria, del modelo de certificado sanitario, lo siguiente:

    Fiebre del West Nile6

           
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.