Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para instaurar un sistema que otorga a las mujeres trabajadoras un descanso postnatal por más de tres meses, beneficio que también recibe el padre.

En primer lugar, establece un permiso postnatal parental que se agrega a los tres meses de permiso maternal postnatal ya existentes. Este permiso puede ser de 12 semanas con descanso a jornada completa y pago total de subsidio, o de 18 semanas si la madre elige regresar a su trabajo por media jornada, en cuyo caso el subsidio será por la mitad del monto. Dichos subsidios tienen un tope de 66 UF, menos descuentos legales.

Parte de este permiso parental también puede traspasarse al padre que trabaja. Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada completa, pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. En ambos casos las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso, y le dan derecho a un subsidio en base a sus remuneraciones con el mismo tope ya mencionado.

En caso de adopción de un niño mayor de seis meses y menor de 18 años, tendrá derecho al descanso postnatal parental, con el correspondiente subsidio, y si el niño adoptado es menor de seis meses los padres gozarán tanto del periodo de postnatal como del nuevo periodo de postnatal parental, de acuerdo a las normas generales.

Se establecen casos en que el descanso puede extenderse: si el niño nace antes de la semana 33 de gestación, o si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18 semanas. En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a partir del segundo. Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de mayor duración.

El fuero maternal se mantiene en los mismos términos actuales y otorga derecho a fuero al padre que haga uso del permiso posnatal parental por el doble de tiempo que dure su descanso parental desde diez días antes de iniciarlo y por un máximo de tres meses si optó por la jornada parcial.

Respecto a la cobertura, la ley amplió el beneficio a las mujeres con trabajo esporádico (como por ejemplo temporeras), así se estableció que a partir del 1 de enero de 2013 las mujeres que no tengan un contrato de trabajo vigente al momento de empezar el prenatal tendrán derecho al subsidio por maternidad y permiso parental posnatal, siempre que cumplan con requisitos como tener 12 o más meses de afiliación en una AFP al inicio del embarazo, cumplir con un mínimo de cotizaciones y que su última cotización previsional se haya hecho con cierta antelación al embarazo. Las trabajadoras independientes también pueden acceder a este permiso posnatal parental cumpliendo con los requisitos de acceso.

Esta ley cuenta con ocho artículos permanentes y cuatro transitorios.

Ver más

    Artículo 5°.- Intercálase, en el artículo 17 de la ley N° 16.744, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
    "Durante el período en que los trabajadores se reincorporen al trabajo en virtud del artículo 197 bis del Código del Trabajo, los empleadores deberán efectuar las cotizaciones de esta ley sobre la base de la remuneración correspondiente a dicha jornada.".