MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE VICHUQUÉN

    Santiago, 1 de septiembre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 210.- Vistos:

a)  El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b)  La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c)  La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d)  El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e)  El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f)  El decreto supremo N° 187 de 06.04.2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y modificación posterior.

    Considerando:

a)  La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, Ingreso Subtel N° 14.372 de 27.01.2011;
b)  El Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante Ingreso Subtel N° 17.192 de 14.02.2011, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733 de 2001;
c)  La resolución exenta N° 1.353 de 24.03.2011, que autorizó previamente la transferencia;
d)  La escritura pública de fecha 25.05.2011, perfeccionada ante don Eduardo Avello Concha, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago;
e)  La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, Ingreso Subtel N° 38.744 de 02.06.2011; y, en uso de mis atribuciones.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-363, para la localidad de Vichuquén, VII Región, cuyo titular es la Sociedad Radiodifusora Montecarlo Limitada, RUT N° 79.688.830-K, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Bío Bío Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.516.560-6, con domicilio en calle Antonio Bellet N° 281, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
    3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
    4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.