Artículo 18. Solicitud de pago en cuotas del impuesto. Para acogerse al pago del impuesto en cuotas, se deberá presentar una solicitud, cuyo formulario será proporcionado por el Servicio de Impuestos Internos, acompañando los siguientes documentos:

a.  Una copia de la declaración de importación, autorizada por el Servicio Nacional de Aduanas o por el agente de aduanas que haya intervenido en el despacho respectivo, correspondiente al vehículo o mercancías importados con los beneficios a que se refiere la ley Nº 20.422. En caso que no se tenga dicho documento, y tratándose de una importación posterior, se deberá acompañar una declaración jurada indicando la fecha aproximada de la importación anterior.
b.  Una copia de la resolución emitida por el Ministerio de Hacienda que autorizó la importación del vehículo de conformidad con los beneficios contemplados en la ley Nº 20.422.
c.  Una copia simple de los documentos indicados en las letras c. y d. del inciso primero del artículo 8º, tratándose de personas con discapacidad o de los documentos señalados en las letras c. y d. del inciso primero del artículo 9º, tratándose de personas jurídicas, y
d.  Una copia simple de la escritura pública u otro documento que acredite fehacientemente la existencia del crédito y su otorgamiento para los fines de efectuar la importación, cuyo impuesto se solicita pagar en cuotas, así como un cuadro de pagos certificado por la respectiva institución bancaria, financiera o empresa, con indicación de las fechas y los montos de las cuotas, incluyendo intereses pactados para cada cuota, para el caso de créditos otorgados por instituciones bancarias, financieras o de empresas que se dediquen habitualmente a financiar importaciones, cuando proceda.