Artículo 6.- Plan Ley 21770
Art. 97 N° 3 a) y b)
D.O. 29.09.2025de Cierre, elaboración, contenidos, objetivos y requisitos formales. Toda empresa minera deberá presentar al Servicio un plan de cierre de sus faenas mineras.
Art. 97 N° 3 a) y b)
D.O. 29.09.2025de Cierre, elaboración, contenidos, objetivos y requisitos formales. Toda empresa minera deberá presentar al Servicio un plan de cierre de sus faenas mineras.
El plan de cierre contemplará los objetivos propios y adecuados a las características de la faena minera, establecidos en la presente ley y el reglamento.
Los requisitos formales así como los contenidos técnicos y económicos que deberá contener el plan de cierre, son los que se señalan en esta ley y el reglamento.