Decreto-Lei

    Núm. 270.- Santiago, 24 de febrero de 1925.-La Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente

    DECRETO-LEI:

    Las peluquerías no quedarán comprendidas entre las industrias esceptuadas del descanso dominical, aun cuando sean atendidas por sus propios dueños.
    Este decreto-lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C. -C. A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- J. S. Salas.