APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA PARA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES PARA EL PROYECTO HABITACIONAL "CONSTRUCCIÓN DE 139 VIVIENDAS FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA HUELLA TRES PUNTAS", QUE FORMA PARTE DEL PROYECTO HABILITACIÓN DE TERRENOS DEL SECTOR HUELLA TRES PUNTAS, COMUNA DE TOCOPILLA

    Santiago, 29 de noviembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.243 exento.- Vistos: El artículo 51 de la ley Nº 16.391, en su texto reemplazado por el artículo único del DL Nº 1.523, de 1976; el Nº 1.9 de la parte I del artículo 1º del DS Nº 153 (V. y U.), de 1983, agregado por la letra d) del artículo único del DS Nº 91 (V. y U.), de 1994; los oficios Ord. Nos 2.499, 3.508, 637 y 3.120, de 2 de septiembre de 2010, 7 de diciembre de 2010, 2 de marzo de 2011 y 5 de octubre de 2011, respectivamente, todos del Director Regional del Serviu de Antofagasta, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    a) Que por oficio Ord. Nº 2.499, de 2 de septiembre de 2010, el Director Regional (S) del Serviu de Antofagasta solicitó la dictación del decreto requerido para autorizar el programa de expropiaciones de las propiedades ubicadas en el área del proyecto "Habilitación sector de Huella Tres Puntas Tocopilla", Código BIP 30080647-0, que se enmarca en la reconstrucción de la ciudad de Tocopilla, que resultó gravemente afectada por el terremoto de 14 de noviembre de 2007, específicamente, el sector de Huella Tres Puntas.
    b) Que mediante oficio Ord. Nº 3.508, de 7 de diciembre de 2010, el Director Regional (P y T) del Serviu de Antofagasta informó que para el debido desarrollo del proyecto habitacional Huella Tres Puntas de Tocopilla resultaba necesario que se autorizara, mediante la dictación del correspondiente decreto, la expropiación en dicho lugar de un mínimo de 16 y un máximo de 67 sitios.
    c) Que por oficio Ord. Nº 637, de 2 de marzo de 2011, el Director Regional (P y T) del Serviu de Antofagasta complementa el aludido oficio Nº 3.508, adjuntando un informe acerca de la situación de los beneficiarios y terrenos donde se emplazará el Proyecto Habitacional 139 Viviendas Huella Tres Puntas, Tocopilla, en el que manifiesta la necesidad de expropiar 60 lotes, con una superficie total de 10.200 m².
    d) Que mediante oficio Ord. Nº 3.120, de 5 de octubre de 2011, el Director Regional del Serviu precisa que, producto de la continuación del proceso de transferencia de terrenos en el sector de Huella Tres Puntas, luego de la emisión del oficio Nº 3.508, se redujo la superficie a expropiar a 47 sitios, con una superficie aproximada de 7.653,82 m². No obstante, solicita se autorice un plan con una superficie mayor de 8.000 u 8.500 m² aproximados, considerando eventuales diferencias menores en parte de los títulos y antecedentes de los inmuebles a expropiar.

    Decreto:

    1º Apruébase el programa de expropiaciones para la adquisición de inmuebles destinados a la ejecución del proyecto habitacional "Construcción de 139 Viviendas Fondo Solidario de Vivienda Huella Tres Puntas", que forma parte del Proyecto "Habilitación de Terrenos del Sector Huella Tres Puntas, Tocopilla", Código BIP 30080647-0, en la comuna de Tocopilla, Región de Antofagasta, que se enmarca en el proceso de reconstrucción de la ciudad de Tocopilla, que resultó gravemente afectada por el terremoto de 14 de noviembre de 2007.

    Superficie de Inmuebles: 8.500 m² aproximadamente.

    2º Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Antofagasta, si lo hubiere.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.