1º Modifícase el numeral 1º de la resolución exenta Nº 1/96, citada en Visto, en el sentido de:

Servicios desde y hacia Ruta 68

i)  Reemplazar el texto acceso de la letra a.1) por el siguiente:

    "Acceso: Vía Las Palmas - Troncal Sur - Rotonda Troncal Sur - Limache - Viana - Quillota - Avda. Valparaíso - Quilpué (Terminal)"

ii)  Reemplazar el texto acceso de la letra a.2) por el siguiente:

    "Acceso: Ruta 66 – Avda. Agua Santa - Álvarez - Quinta – Errázuriz - E. Grove - Álvarez – Quillota - Avda. Valparaíso - Quilpué (Terminal)."

Servicios de locomoción colectiva que utilizan la Ruta 60 CH (Camino Internacional)

iii) Reemplazar el texto acceso de la letra c) por el siguiente:

    "Acceso Ruta 60 CH - Rotonda Santa Julia - Avda. Carlos Ibáñez del Campo - Rubén Hurtado - Trébol Villa Dulce - Vía Las Palmas - Troncal Sur - Rotonda Troncal Sur - Limache - Viana - Quillota - Avda. Valparaíso - Quilpué (Terminal)."

Servicios de locomoción colectiva que utilizan el Camino Troncal

iv)  Reemplazar el texto acceso de la letra d) por el siguiente:

    "Acceso: Camino Troncal Urbano - 1 Norte - Puente Alonso de Riberos - Cancha - Valdivia - Viana - Quillota - Avda. Valparaíso - Quilpué (Terminal)".

    2º La presente resolución producirá sus efectos desde la fecha de su dictación y hasta el término de la obra, después de la cual, los servicios de locomoción colectiva interurbana deberán retomar los trazados según lo dispone la resolución exenta Nº 1/96 de esta Secretaría Regional y sus posteriores modificaciones citadas en Visto.

    3º Carabineros de Chile e inspectores fiscales y municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de la presente resolución.