Artículo 14.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.883, sobre estatuto administrativo para funcionarios municipales:
1) Modifícase el artículo 19 de la siguiente forma:
a) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto, a ser tercero, cuarto y quinto, respectivamente:
"Para efectos de proveer cargos destinados a los juzgados de policía local, el comité de selección estará integrado, además, por el respectivo juez.".
b) Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, el punto aparte (.) por un punto y coma (;), y agrégase la siguiente frase: "con todo, si se tratare de proveer cargos destinados a los juzgados de policía local, el juez participará en la realización del concurso.".
2) Agrégase, en el artículo 32, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto, a ser tercero, cuarto y quinto, respectivamente:
"Para efectos de la calificación de los funcionarios adscritos a los juzgados de policía local, la Junta Calificadora estará conformada, además, por el respectivo juez.".