SEÑALA NUEVOS SERVICIOS SUJETOS AL SISTEMA DE REGISTRO ELECTRÓNICO, POSTERGA VIGENCIA DE OBLIGACIÓN QUE INDICA Y FIJA MODO DE NUMERACIÓN DE EXENTOS EN MATERIAS QUE SEÑALA
Santiago, 25 de enero de 2012.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:
Núm. 245.- Considerando:
1. Que, conforme a la Constitución Política de la República corresponde a la Contraloría General ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración del Estado.
2. Que, la ley Nº 10.336, Orgánica Constitucional de esta Contraloría General, faculta al Contralor General para dictar disposiciones sobre exención de toma de razón.
3. Que, en virtud de la citada facultad, la resolución Nº 1.600, de 2008, de este Órgano de Control, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, establece que los actos relativos a las materias que a continuación se indican, se encuentran sometidos al trámite de registro:
- Suplencias dispuestas con personal del mismo Servicio, salvo que se refieran a cargos de exclusiva confianza.
- Designaciones a contrata dispuestas por períodos inferiores a quince días.
- Prórrogas de designaciones a contrata.
- Contratos de personas naturales a honorarios que se paguen por mensualidades por un monto mensual igual o inferior a 75 unidades tributarias mensuales, y, aquellos a suma alzada o cualquier otra modalidad de pago cuyo monto total sea igual o inferior a 150 unidades tributarias mensuales.
- Renovaciones de contratos a honorarios asimilados a grado.
4. Que, mediante resolución Nº 908, de 2011, de esta Contraloría General, que Fija Normas sobre Registro Electrónico de decretos y resoluciones exentos relativos a las Materias que Indica, se establece que el registro de las materias antes citadas se efectuará electrónicamente a través de la plataforma web de la Contraloría General denominada "Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado", en adelante, "Siaper", así como también, los decretos y resoluciones exentos que aprueben feriados, permisos y licencias médicas, y, por su parte, las calificaciones de los funcionarios públicos en lo que se refiere a la lista en que han sido calificados, su puntaje y el período de calificación.
5. Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo Transitorio de la resolución Nº 908, de 2011, previamente citada, el mencionado sistema de registro electrónico se inició el 16 de agosto del año 2011, para las entidades que menciona.
6. Que, por otra parte, y de acuerdo a lo señalado en la antedicha resolución, los decretos y resoluciones exentos que aprueben feriados, permisos y licencias médicas, así como las calificaciones de los funcionarios públicos, deben comenzarse a registrar, para los Servicios señalados, a partir del 1º de febrero del año 2012; sin embargo, por razones técnicas resulta necesario postergar su entrada en vigencia.
Vistos: Las facultades que me confiere la Constitución Política de la República; lo dispuesto en los incisos 5º y 6º del artículo 10 de la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General; lo establecido en las resoluciones Nº 1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y, Nº 908, de 2011, que Fija Normas sobre Registro Electrónico de decretos y resoluciones exentos relativos a las materias que indica, ambas de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:
Artículo 1.- La resolución Nº 908, de 2011, que Fija Normas sobre Registro Electrónico de decretos y resoluciones exentos relativos a las materias que indica, de esta Contraloría General, entrará en vigencia el día 2 de mayo de 2012, para los Servicios que a continuación se indican: Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Ejército de Chile, Junta Nacional de Jardines Infantiles, Subsecretaría de Educación, Subsecretaría de Interior, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Subsecretaría de Justicia, Subsecretaría de Obras Públicas, Dirección de Previsión de Carabineros, Subsecretaría General de la Presidencia, Subsecretaría de Transportes, Subsecretaría General de Gobierno, Subsecretaría de Economía, Servicio Nacional de Geología y Minería, Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, Subsecretaría de Bienes Nacionales, Comisión Nacional de Acreditación, Subsecretaría de Hacienda, Subsecretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, Subsecretaría de Planificación, Instituto Nacional de Deportes, Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Dirección de Vialidad, Fondo Nacional de Salud, Subsecretaría de Redes Asistenciales, Consejo Nacional de Educación, Subsecretaría del Trabajo, Servicio Nacional de la Mujer, Servicio Nacional de la Discapacidad, Subsecretaría de Previsión Social, Subsecretaría de Agricultura, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Subsecretaría de Prevención del Delito, Servicio Nacional de Pesca, Subsecretaría de Minería, Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Subsecretaría del Medio Ambiente, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, Subsecretaría de Pesca, Subsecretaría de Turismo, Servicio de Vivienda y Urbanización de Arica y Parinacota, Gobierno Regional de Arica y Parinacota, Servicio de Vivienda y Urbanización de Tarapacá, Gobierno Regional de Tarapacá, Universidad Arturo Prat (Sedes de Tarapacá y de la Araucanía), Servicio de Vivienda y Urbanización de Antofagasta, Gobierno Regional de Antofagasta, Universidad de Antofagasta, Servicio de Vivienda y Urbanización de Atacama, Gobierno Regional de Atacama, Universidad de Atacama, Servicio de Vivienda y Urbanización de Coquimbo, Gobierno Regional de Coquimbo, Universidad de La Serena, Servicio de Vivienda y Urbanización de Valparaíso, Gobierno Regional de Valparaíso, Universidad de Valparaíso, Universidad de Playa Ancha, Servicio de Vivienda y Urbanización del Libertador Bernardo O'Higgins, Gobierno Regional del Libertador Bernardo O'Higgins, Servicio de Vivienda y Urbanización del Maule, Gobierno Regional del Maule, Universidad de Talca, Servicio de Vivienda y Urbanización del Biobío, Gobierno Regional del Biobío, Universidad de Talca, Servicio de Vivienda y Urbanización de la Araucanía, Gobierno Regional de la Araucanía, Universidad de La Frontera, Servicio de Vivienda y Urbanización de Los Ríos, Gobierno Regional de Los Ríos, Servicio de Vivienda y Urbanización de Los Lagos, Gobierno Regional de Los Lagos, Universidad de Los Lagos (Sedes de Santiago y de Los Lagos), Servicio de Vivienda y Urbanización de Aysén, Gobierno Regional de Aysén, Servicio de Vivienda y Urbanización de Magallanes, Gobierno Regional de Magallanes, Universidad de Magallanes, Instituto Antártico Chileno, Servicio de Vivienda y Urbanización Región Metropolitana, Gobierno Regional Metropolitano, Universidad de Santiago, Universidad Tecnológica Metropolitana y Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación.
Artículo 2.- Sustitúyese, en el inciso segundo del Artículo Transitorio de la resolución Nº 908, de 2011, de esta Contraloría General, la expresión "1º de febrero" por "2 de mayo".
Artículo 3.- El registro electrónico de las resoluciones exentas que aprueben feriados, permisos y licencias médicas, así como el registro de las calificaciones, comenzará a regir, para los servicios citados en el artículo 1º de la presente resolución, el día 2 de mayo de 2012.
Artículo 4.- Los servicios ya sujetos a la resolución Nº 908, de 2011, que Fija Normas sobre Registro Electrónico de decretos y resoluciones exentos relativos a las materias que indica, los que se incorporan por esta resolución y los que se agreguen en lo sucesivo en este sistema, deberán a partir del 2 de mayo, utilizar una numeración única y correlativa para sus decretos y resoluciones exentos en todos aquellos actos que se refieran a las materias que se indican en los numerales 3 y 4 de los considerandos de esta resolución.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Victoria Narváez Alonso, Secretario General Contraloría General de la República.