LEY NÚM. 20.567

MODIFICA LA LEY Nº 20.248 DE SUBVENCIONES ESCOLARES, EN MATERIA DE RENDICIÓN

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en Moción de las Diputadas señoras Cristina Girardi Lavín y María José Hoffmann Opazo, y de los Diputados señores Sergio Aguiló Melo, Sergio Bobadilla Muñoz, Romilio Gutiérrez Pino, Gustavo Hasbún Selume, José Antonio Kast Rist, Iván Norambuena Farías, Enrique Van Rysselberghe Herrera y Germán Verdugo Soto.

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Agrégase en la letra a) del artículo 7º de la ley Nº 20.248, de Subvención Escolar Preferencial, el siguiente inciso segundo:

    "Cada rendición deberá llevar la firma del director del establecimiento educacional correspondiente, mediante la cual se confirmará el visto bueno de éste frente a lo presentado por el sostenedor previo conocimiento del consejo escolar.".".

   
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 24 de enero de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Harald Beyer Burgos, Ministro de Educación.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Jorge Poblete Aedo, Subsecretario de Educación (S).