Artículo tercero transitorio.- Con motivo de la fusión de los Escalafones de Ingenieros y Tasadores establecida en la Planta fijada en el artículo 2° del presente decreto con fuerza de ley, tanto los actuales Ingenieros, como los actuales Tasadores ocuparán los cargos de Tasadores bajo esa denominación genérica.
    Con motivo de la fusión de los Escalafones de Contadores e Inspectores establecida en la planta fijada en el artículo 2° del presente decreto con fuerza de ley, tanto los actuales Inspectores como los actuales Contadores ocuparán los cargos de Inspectores bajo esa denominación genérica.
    Los funcionarios que sean nombrados en los nuevos escalafones de Tasadores e Inspectores, serán ordenados, dentro de cada grado o categoría, de acuerdo a las disposiciones contempladas en el Reglamente de Calificaciones vigente.