INSTAURA EL DÍA 17 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL "DÍA NACIONAL DEL RECICLAJE"

    Núm. 36.- Santiago, 21 de octubre de 2011.- Vistos: Los artículos 1º, 19 Nº 8 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la resolución Nº 1.600, de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y la demás normativa aplicable, y

    Considerando:

    1) Que la finalidad del Estado es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional, alcanzar su mayor realización espiritual y material posible;
    2) Que la Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, siendo deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza;
    3) Que las distintas efemérides que se recuerdan año a año, permiten colocar en la agenda nacional la discusión respecto de las políticas públicas que se deben generar para promover iniciativas relativas al cuidado del medio ambiente;
    4) Que, teniendo en consideración los niveles de crecimiento económico que se quiere alcanzar en el futuro, y los acuerdos internacionales y protocolos que nuestro país ha suscrito, el tema de los residuos es de gran relevancia para Chile, siendo necesario adoptar medidas para crear conciencia respecto de la importancia del reciclaje;
    5) Que el Senado aprobó un proyecto de acuerdo, en el que ha solicitado al Presidente de la República instituir el 17 de mayo como el "Día Nacional del Reciclaje", como una forma de promover en el país una mayor conciencia de parte del Estado y de las personas respecto de los desechos inorgánicos que se producen y su posterior reciclaje, buscando incentivar su almacenamiento, procesamiento y reutilización;
    6) Que la Cámara de Diputados, a su vez, ha mostrado su interés en ello, ingresándose durante el presente año un proyecto de ley que declara el 17 de mayo como el "Día Nacional del Reciclaje";
    7) Que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) declaró el 17 de mayo como "Día Internacional del Reciclaje";
    8) Que la señora Ministra del Medio Ambiente ha concordado con la necesidad de destinar una fecha del calendario a la difusión de las temáticas relativas al reciclaje, proponiendo concretamente institucionalizar el día 17 de mayo como el "Día Nacional del Reciclaje";

    Decreto:

    Institúyese el día 17 de mayo de cada año como el Día Nacional del Reciclaje.


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- María Ignacia Benítez Pereira, Ministra del Medio Ambiente.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Ricardo Irarrázabal Sánchez, Subsecretario del Medio Ambiente.