Artículo 2°.- Fíjase la siguiente planta de personal de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que se indica a continuación:

A)  PLANTA DE DIRECTIVOS

    I.- Autoridades de Gobierno

   

    II.- Directivos de exclusiva confianza

   

    III.- Directivos afectos al artículo 8° de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda.

   

    IV.- Jefes de Sección.

   

B)  PLANTA DE PROFESIONALES

   

C)  PLANTA DE TÉCNICOS

   

D)  PLANTA DE ADMINISTRATIVOS

   

E)  PLANTA DE AUXILIARES

   


   

NOTA
      El artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 6, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4°, en la planta de personal de Directivos de Exclusiva Confianza de la Subsecretaría de Servicios Sociales.