Artículo 44. Materialidad Constructiva
El proyecto, según el tipo y zona geográfica correspondiente, deberá cumplir con los requisitos mínimos determinados en el Itemizado Técnico de Construcción, aprobado por resolución del MINVU. Los SEREMI podrán aprobar Itemizados Técnicos Regionales, propuestos por los respectivos SERVIU, los que deberán ser informados a la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU.