CREA LA IVa. ZONA NAVAL
Núm. 453.- Santiago, 3 de Mayo de 1989.- Visto: Lo solicitado por la Comandancia en Jefe de la Armada en su Oficio Secreto No. 6583/A-2 del 02 de Mayo de 1989, los antecedentes acompañados y lo dispuesto en los artículos 14 y 26 del Código de Justicia Militar y las facultades que me confieren los Nos. 8 y 19 del Artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile
Decreto:
Artículo primero.- Créase a contar desde el 21 de Mayo de 1989, la IVa. Zona Naval como Fuerza Operativa de la Armada de Chile, con jurisdicción entre el límite internacional Norte y el paralelo 26° Sur, segregándose de la jurisdicción de la Ira. Zona Naval el área territorial respectiva. Sin embargo, continuarán perteneciendo íntegramente al área jurisdiccional de la 1ra. Zona Naval la Zona contigua, la Zona Económica exclusiva y la Plataforma continental correspondientes, según sea el caso a las Islas de Pascua, Sala y Gómez, San Félix y San Ambrosio.
Artículo segundo.- La Comandancia en Jefe de la IVa. Zona Naval y el Juzgado y Fiscalía Naval respectivos, tendrán asiento en la ciudad de Iquique.
Artículo tercero.- La IVa. Zona Naval funcionará inicialmente con los medios que están asignados al Distrito Naval Norte, el cual dejará de existir al entrar en vigencia el presente decreto supremo.
Artículo cuarto.- Las causas judiciales de que esté conociendo el Juzgado de la 1ra. Zona Naval al entrar en vigor el presente decreto supremo, continuarán siendo conocidas por aquél hasta su término.
Artículo quinto.- Toda referencia legal o reglamentaria a la Ira. Zona Naval, que estuviere vigente, se entenderá hecha a la IVa. Zona Naval, en lo que atañe a la jurisdicción de ésta.
Artículo sexto.- Las demás normas necesarias relativas al funcionamiento y organización de la Zona Naval que se crea, se emitirán mediante decreto supremo o resolución del Comandante en Jefe de la Armada, según corresponda.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Jorge Román Fariña, Capitán de Navío, Subsecretario de Marina.