1. Compleméntase el numeral 3º, del decreto supremo Nº 729 de 2008, del Ministerio de Obras Públicas, en el sentido que se declara camino público en la Metrópoli de Santiago el siguiente tramo que se agrega al final del numeral, en el siguiente tenor:
    "- Costanera Sur Río Mapocho / Avenida Andrés Bello (T270), entre Av. Américo Vespucio y Av. Presidente Kennedy, y su prolongación al sur hasta el sector de calle Nueva Tajamar.".

    2.- Téngase presente, que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, Plan Regulador Metropolitano de Santiago y de los Planes Reguladores Comunales o Seccionales, según corresponda.