Artículo 30º: LosDecreto 71, TRANSPORTES
Art. primero N° 7
D.O. 10.09.2020 cruces semaforizados permitirán, a través de las lámparas vehiculares y peatonales, regular la circulación de los ciclos. En cruces de prioridad, pare o ceda el paso, la señalización que advierte a los conductores de vehículos motorizados la proximidad de un cruce con una ciclovía puede ser reforzada con luces intermitentes, según se describe en el Capítulo 6 del Apéndice.
Art. primero N° 7
D.O. 10.09.2020 cruces semaforizados permitirán, a través de las lámparas vehiculares y peatonales, regular la circulación de los ciclos. En cruces de prioridad, pare o ceda el paso, la señalización que advierte a los conductores de vehículos motorizados la proximidad de un cruce con una ciclovía puede ser reforzada con luces intermitentes, según se describe en el Capítulo 6 del Apéndice.