Artículo 13.- Subsidio Especial Habitacional Polimetales de Arica. Se asignará a las familias afectadas por polimetales de Arica que serán objeto de relocalización un subsidio especial, el cual no requerirá ahorro ni concurso previo por parte de la familia solicitante.
Una resolución dictada al efecto, expedida a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, determinará los requisitos, condiciones y procedimiento de otorgamiento y adjudicación del subsidio en cuestión.
Con todo, el subsidio habitacional aludido en el inciso anterior se asignará directamente a las familias beneficiarias de las acciones en materia de vivienda y urbanismo señaladas en esta ley.
Las familias afectadas podrán optar por alguna de las modalidades de subsidio habitacional destinadas al efecto, debiendo el Servicio de Vivienda y Urbanización hacer efectivas las opciones adoptadas.