Establece la entrega de un Bono Solidario de Alimentos de $ 40.000 para familias de más bajos ingresos, que cuenten con los requisitos establecidos en la ley.
Se dispone que cada familia tendrá derecho a un solo bono, el que se incrementará respecto de cada familia beneficiaria en un monto adicional de $7.500 por cada menor de 18 años de edad que integre el grupo familiar respectivo a las fechas señaladas en la ley.
El bono será pagado por el Instituto de Previsión Social en una sola cuota, previa recepción de la información señalada en la ley, a partir del mes en que se publicó la ley.
La ley tiene dos artículos permanentes.