Artículo 24. La Acreditación es el proceso mediante el cual la Comisión verifica que una entidad cumple con los requisitos dispuestos por la ley Nº 20.267 y sus reglamentos, y la habilita para efectuar procesos de evaluación y certificación de competencias laborales de las personas, basados en las unidades de competencias laborales reconocidas por el Sistema.
    Corresponderá a la Comisión acreditar a los Centros que cumplan con los requisitos de idoneidad, imparcialidad y competencia, así como con los requisitos y criterios que se establecen en la ley y sus reglamentos, y con los que apruebe la Comisión, para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Sistema.
    En los procesos de acreditación de CentrosDecreto 24,
TRABAJO
Art. único N° 10
D.O. 13.01.2025
de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales la Comisión podrá cobrar los aranceles a que se refiere el artículo 12 de la ley N° 20.267.