Artículo 8.o. Los profesores de Escuelas Experimentales en actual servicio, que fueron designados en una época en la cual no se requería para ello haber hecho Cursos de Formación en la Escuela Normal Superior "José Abelardo Núñez", serán considerados en iguales condiciones que los que han hecho dichos Cursos en los casos de Concursos, ascensos, permutas y traslados.