Artículo 6º.- Dispónese el traspaso, desde el Ministerio de Educación a la Superintendencia de Educación, de 392 funcionarios/as que tengan la calidad jurídica y pertenezcan a los estamentos que se señalan a continuación:

Déjase establecido que entre los funcionarios de planta traspasados y que se encuentran contemplados en la tabla contenida en el inciso anterior, la siguiente cantidad se desempeña en calidad de contrata, de conformidad al artículo 87, letra d), del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, siendo asimilados a las plantas o estamentos que a continuación se indican:
