Artículo 12.- Fíjase la dotación máxima de personal de la Superintendencia de Educación en 519 cupos para el año 2012. Al efecto, no regirá la limitación dispuesta en el inciso segundo del artículo 10 del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, respecto de los empleos a contrata incluidos en dicha dotación, de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo tercero transitorio de la ley N° 20.529.